¿Tiene deudas que no puede pagar? La Ley le ofrece una solución.

Reorganice sus obligaciones y recupere su tranquilidad financiera con respaldo legal. Le acompañamos en todo el proceso de insolvencia, con confidencialidad y compromiso.

INSOLVENCIA DE LA PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE Y DE LA PEQUEÑA COMERCIANTE LEY 2445 DE 2025

Una herramienta legal para recuperar el equilibrio financiero y la tranquilidad personal

Tener dificultades para cumplir con las obligaciones económicas no convierte a nadie en una mala persona ni en
alguien fuera de la ley. Muchas personas atraviesan crisis financieras por razones legítimas como el desempleo,
enfermedades, separación de pareja o cambios inesperados en su situación personal o laboral.

La Ley 2445 de 2025, que modifica la Ley 1564 de 2012, crea un procedimiento más accesible y eficiente para que tanto personas naturales no comerciantes como pequeños comerciantes puedan reorganizar sus deudas y proteger su estabilidad económica.

Este mecanismo legal permite negociar con acreedores del sector privado y del Estado (incluyendo la DIAN), suspender procesos judiciales, evitar embargos y proteger el mínimo vital. 

Importante: Las deudas con entidades públicas como la DIAN pueden incluirse. No obstante, si se trata de obligaciones derivadas del rol de agente retenedor o recaudador, el proceso no detiene las posibles consecuencias penales si no se alcanza un acuerdo o no se realiza el pago correspondiente.

¿En qué consiste este proceso?

Es un procedimiento legal que permite a: 

• Personas naturales que no ejercen actividades comerciales, y
• Pequeños comerciantes con activos inferiores a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV),

negociar, reorganizar y normalizar sus deudas mediante un acuerdo de pago aprobado por sus acreedores, sin perder
su dignidad ni estabilidad emocional. 

Objetivos del proceso

• Suspender embargos y procesos judiciales.
• Proteger el patrimonio del deudor y su familia.
• Detener el crecimiento de intereses, sanciones y cobros desbordados.
• Ofrecer una segunda oportunidad financiera.
• Facilitar acuerdos de pago justos y viables.
• Proteger el patrimonio del deudor y su familia.
• Detener el crecimiento de intereses, sanciones y cobros desbordados.
• Ofrecer una segunda oportunidad financiera.
• Facilitar acuerdos de pago justos y viables.

¿Quiénes pueden acogerse?

Pueden acceder al trámite:

• Personas con deudas vencidas por más de 90 días con al menos dos acreedores diferentes.
• Deudores cuyas obligaciones vencidas representen al menos el 30 % del total de su pasivo.
• Personas contra quienes se hayan iniciado dos o más procesos de cobro, judiciales o extrajudiciales, por mora en el
pago de obligaciones dinerarias o cánones de arrendamiento.

Nuestro acompañamiento

Desde ZULAY ROBECCHI ABOGADA, ofrecemos acompañamiento integral en cada etapa del proceso:

• Estudio de viabilidad jurídica y financiera del caso.
• Elaboración del informe económico exigido por la ley.
• Presentación formal de la solicitud ante centro de conciliación o notaría.
• Asistencia durante la audiencia de negociación y suscripción del acuerdo.
• Seguimiento y asesoría durante la implementación del acuerdo o liquidación patrimonial, si aplica.

Beneficios de acogerse a la insolvencia

Suspensión inmediata de embargos y reportes negativos.
• Suspensión de descuentos de libranzas.
• Renegociación de deudas en términos razonables.
• Protección del mínimo vital y de bienes embargables.
• Alivio emocional y oportunidad de comenzar de nuevo.
• Trámite respaldado por la ley, con confidencialidad y acompañamiento profesional.

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No está solo(a). Le brindamos la orientación jurídica que necesita para recuperar el control de su vida financiera

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